Transporte internacional bajo conocimiento de embarque: el Tribunal Supremo confirma que no cabe interrumpir el plazo de un año para reclamar el daño al porteador

Transporte internacional bajo conocimiento de embarque: el Tribunal Supremo confirma que no cabe interrumpir el plazo de un año para reclamar el daño al porteador

Una Sentencia del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, del pasado 5 de febrero, resuelve una cuestión con trascendencia práctica para el sector del transporte marítimo: la naturaleza jurídica del plazo de un año para ejercitar acciones de responsabilidad...